17 de julio de 2026

Condenado por agredir a su mujer y a una policía

0

Actuaciones de la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y de Género (CEVDG) culminaron con hombre condenado por la justicia ante hechos de violencia doméstica, agravio a la autoridad y lesiones personales, debiendo cumplir prisión en régimen de libertad a prueba.

Personal de la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y de Género, concurrió a llamado por problema familiar en una vivienda ubicada en jurisdicción de Seccional 7ª, hecho que tuvo lugar el pasado 11 de los corrientes, ubicando a un hombre de 36 años siendo agresivo con su pareja, mujer de 20 años, por lo que se continuó la intervención en dependencia policial.

Enteradas las autoridades de la Fiscalía Departamental de 1° Turno y del Juzgado Letrado de 1° Turno, esta última dispuso medida cautelares de prohibición de comunicación y acercamiento entre las partes. 

En la dependencia policial, el agresor se mostró aún mas agresivo al ser notificado de la resolución judicial. En la ocasión forcejeó con una funcionaria policial, la cual resultó lesionada al intentar retirarse por la fuerza.

Las actuaciones fueron documentadas por cámaras corporales, así como las propias de la dependencia policial, donde se aprecia el desacato activo del agresor, quien luego fue sometido a autoridades del Ministerio Público y Fiscal y judiciales. 

Desarrollada la audiencia en el Juzgado mencionado, se decretó su condena en calidad de autor penalmente responsable de la comisión de reiterados delitos de violencia doméstica especialmente agravado por ser la víctima una mujer, en concurso formal con un delito de lesiones personales, un delito de agravio a la autoridad policial en concurso formal con un delito de lesiones personales, estos en reiteración real a la pena de 24 meses de prisión que se cumplirán en régimen de libertad a prueba (artículo 295 bis del Código del Proceso Penal). 

Se continúa trabajando con otra persona que acompañaba al mismo, para esclarecer su participación en el hecho. 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *