31 de enero de 2025

Hombre condenado por muertes de Lucía y Saraí goza de salida transitoria mensual

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Es por orden judicial y la normativa legal se denomina «Salida Transitoria Recreativa».

Las salidas transitorias recreativas es una normativa legal que al cumplir ciertos requisitos la justicia, en este caso de Florida la jueza, le permite al recluso gozar de tiempo libre fuera de la cárcel.
Se trata de una salida mensual de 48 horas de duración, que el recluso puede tomarla en forma continuada o fraccionada, es decir, podría salir de la cárcel un sábado a la 7 de la mañana hasta el lunes a las 7 de la mañana o podría salir 4 sábados al mes de 7 de la mañana a 19 horas.
Siempre debe tener consigo una tobillera colocada.
Es solicitada por la defensa del imputado, en primera instancia se le realiza test psicológicos que permitan determinar que porcentaje surge del estudio que permitan evaluar si volvería a reincidir.
En este caso habría dado un 32% lo que determina porcentaje a favor que no lo volvería a hacer.
Luego se solicita un informe de seguridad y conducta que expide el Instituto de reclusión donde está detenido.
En este caso también es favorable.
Otro informe solicitado es si cumple cabalmente y regularmente el trabajar y/o estudiar y se solicita informe al Instituto Nacional del Crimen.
También cumple.
El principal fundamento para permitir obtener las salidas transitorias es que debe cumplir un 2/3 de la pena, y en este caso el condenado por la muerte de Lucía y Saraí en accidente fatal ocurrido en el interior del Prado de Florida, también cumple ya que la mayor parte de su condena hasta ahora la transcurrió en prisión domiciliaria mientras el largo y lento juicio se iba desarrollando.
Agradecemos a quienes respondieron desde le ministerio en Montevideo nuestros requisitos para conocer más sobre la actualidad del caso.
Aborrecemos a quien mediante anónimos nos escribió amenazantemente para no informar sobre este caso luego de haber publicado en redes un pequeño adelanto de lo que completamos hoy.



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