Florida aprobó la nueva regulación para monopatines eléctricos
El plenario de la Junta Departamental de Florida aprobó por unanimidad el proyecto de ordenanza nacional unificada – Regulación interdepartamental de vehículos de movilidad personal, considerado en el ámbito del Congreso Nacional de Intendentes.

La normativa que refiere especialmente al uso de los monopatines eléctricos pasa a manos del intendente Carlos Enciso, quien ahora tiene sesenta días para la promulgación.
De todas maneras, el Congreso de Intendentes estipuló doce meses para la adaptación y aplicación de la nueva reglamentación.
Como aspectos fundamentales y generales la normativa establece la edad de 15 años como mínima para conducir, una velocidad máxima de 25 km/h, la circulación individual, un registro sin carácter tributario y el pago de seguro contra terceros.
En cuanto a la velocidad, el máximo desciende a 20 km/h en ciclovías, bicisendas y demás infraestructuras habilitadas para la circulación compartida con bicicletas u otros medios de movilidad activa.
El registro departamental de vehículos de movilidad personal funcionará en la órbita de la intendencia, tendrá carácter exclusivamente administrativo, no dominial y no tributario, y estará destinado a la identificación de los vehículos, de sus titulares o responsables y de la vinculación existente entre ambos, con fines de seguridad vial, control y fiscalización.
La inscripción en dicho registro será obligatoria y no constituirá prueba de dominio ni determinará por sí misma la existencia de obligaciones tributarias vehiculares.
La normativa establece con claridad que los monopatines deberán ser utilizados exclusivamente por una persona, quedando expresamente prohibido el transporte de acompañantes, cualquiera sea su edad y exista o no contraprestación económica.
En referencia a la edad, los menores de 18 años, pero con 15 o más, deberán contar con la autorización de sus representantes legales.